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Protección de Anulación del Viaje

Le pagaremos los gastos por la anulación que Su proveedor de Viaje le facture según las condiciones de venta hasta el límite correspondiente a la modalidad contratada si Usted tiene que cancelar su viaje.

La indemnización máxima por siniestro, en cada póliza colectiva, será la correspondiente a la modalidad contratada, para todos los asegurados afectados por el mismo siniestro. Si se supera el límite indicado, la indemnización se repartirá proporcionalmente entre los Asegurados afectados y según el importe asegurado por cada uno. 

No pagaremos los gastos de tasas de aeropuerto, cargos de gestión por emisión o anulación, seguros, ni otros suplementos que no sean a cargo del proveedor del servicio. 

Usted debe cancelar el Viaje antes de la fecha de inicio y comunicarlo al proveedor. Esta garantía es válida hasta el día y la hora en que debe empezar su viaje. 

Las causas aseguradas que le impidan hacer el Viaje tienen que producirse pasadas 72 horas desde su adhesión al seguro; a no ser que se adhiera al seguro en el mismo momento en que contrate el Viaje. 

Las causas aseguradas que Le impidan hacer el Viaje en la fecha prevista son las siguientes:

Por motivos de salud:

  • Enfermedad Grave, Accidente corporal Grave o fallecimiento de: 
    • Usted 
    • Fallecimiento de un familiar suyo de tercer grado de parentesco. 
  • Si Usted tiene complicaciones en el embarazo o sufre un aborto.

Por motivos legales:

  • Si a Usted le convocan como parte, será testigo de un tribunal o miembro de un jurado. 
  • Si a usted le convocan como miembro de una mesa electoral. 
  • Si usted es retenido por la policía (siempre que no sea por un delito). 
  • Si a Usted le citan para trámites relativos a Su divorcio. 
  • Si a Usted le van a entregar un hijo en adopción en las fechas previstas para su viaje.
     

Por motivos laborales:

  • Si le despiden de su trabajo. Tiene que ser un despido no disciplinario. 
  • Si Usted tiene que presentarse a exámenes de oposiciones oficiales en las fechas de su viaje. 
  • Si a Usted le prorrogan su contrato laboral. 
  • Si a Usted le trasladan obligatoriamente y tiene que cambiar de domicilio.

Por causas extraordinarias:

  • Si las Autoridades declaran de forma oficial “zona catastrófica” el lugar desde el que Usted empieza su viaje. 
  • Si se produce un acto terrorista o una catástrofe natural en el lugar de destino. Se tiene que producir dentro de los 30 días anteriores a la fecha de inicio de Su Viaje. Se tiene que producir en una distancia inferior a 30 km del lugar de destino. 
  • Si su empresa es declarada en concurso de acreedores.

Otros motivos:

  • Si Usted recibe una declaración de la renta paralela realizada por el Ministerio de Hacienda por un importe superior a 600 euros. 
  • Si Usted cancela el Viaje porque ha ganado uno parecido en un sorteo público ante notario. 
  • Si a Usted le conceden una beca oficial que coincida con las fechas de su viaje.

Cuando Usted cancele Su Viaje por alguna de las causas aseguradas también pagaremos los gastos de la cancelación de un Acompañante cuando: 

  • esté asegurado por este seguro, 
  • esté en la misma reserva del Viaje que Usted y 
  • tenga que viajar solo al haber cancelado Usted su viaje.

Si Usted cancela Su Viaje por alguna de las causas aseguradas también pagaremos los gastos de cancelación de los menores de edad cuando: 

  • estén asegurados por este seguro, 
  • estén en la misma reserva del Viaje que Usted, 
  • estén a Su cargo durante el Viaje y 
  • Usted cancela su viaje por alguna de las causas aseguradas.

Si Usted no puede hacer Su Viaje por alguna de las causas aseguradas puede optar por: 

  • cancelar Su Viaje, o 
  • ceder Su Viaje o cambiarlo a nombre de otra persona, o 
  • modificar las fechas para viajar en otro momento.

Si Usted elige ceder o modificar el Viaje pagaremos los gastos que se produzcan por los cambios si son inferiores a los gastos de cancelación. En ambos casos Usted renuncia a solicitar que le paguemos cualquier otro tipo de gasto por la cancelación del viaje.

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Protección Pro

Viajando como un Pro!

Protección de Anulación del Viaje

Le pagaremos los gastos por la anulación que Su proveedor de Viaje le facture según las condiciones de venta hasta el límite correspondiente a la modalidad contratada si Usted tiene que cancelar su viaje. 

La indemnización máxima por siniestro, en cada póliza colectiva, será la correspondiente a la modalidad contratada, para todos los asegurados afectados por el mismo siniestro. Si se supera el límite indicado, la indemnización se repartirá proporcionalmente entre los Asegurados afectados y según el importe asegurado por cada uno. 

No pagaremos los gastos de tasas de aeropuerto, cargos de gestión por emisión o anulación, seguros, ni otros suplementos que no sean a cargo del proveedor del servicio. 

Usted debe cancelar el Viaje antes de la fecha de inicio y comunicarlo al proveedor. Esta garantía es válida hasta el día y la hora en que debe empezar su viaje. 

Las causas aseguradas que le impidan hacer el Viaje tienen que producirse pasadas 72 horas desde su adhesión al seguro; a no ser que se adhiera al seguro en el mismo momento en que contrate el Viaje. 

Las causas aseguradas que Le impidan hacer el Viaje en la fecha prevista son las siguientes:

Por motivos de salud:

  • Enfermedad Grave, Accidente corporal Grave o fallecimiento de: 
    • Usted 
    • un familiar Suyo de primer o segundo grado de parentesco 
    • la persona que estuviera cuidando a Sus hijos menores o a incapacitados a Su cargo 
    • Su sustituto profesional 
  • Fallecimiento de un familiar suyo de tercer grado de parentesco. 
  • Si a Usted le llaman de forma inesperada para una intervención quirúrgica. 
  • Si Usted tiene complicaciones en el embarazo o sufre un aborto. 
  • Si a Usted le citan para un trasplante de órgano. 
  • Si enferma de forma imprevista algún hijo o hermano suyo menor de dos años que esté asegurado por este seguro.

Por motivos legales:

  • Si a Usted le convocan como parte, será testigo de un tribunal o miembro de un jurado. 
  • Si a Usted le convocan como miembro de una mesa electoral. 
  • Si usted es retenido por la policía (siempre que no sea por un delito). 
  • Si a Usted le citan para trámites relativos a Su divorcio. 
  • Si a Usted le van a entregar un hijo en adopción en las fechas previstas para su viaje. 
  • Si a Usted le deniegan el visado sin una causa justificada por el consulado. 
  • Si a Usted le convocan desde un organismo oficial para ir a firmar en persona algún documento.

Por motivos laborales:

  • Si le despiden de su trabajo. Tiene que ser un despido no disciplinario. 
  • Si Usted se incorpora a un trabajo en una nueva empresa, en la que no haya estado contratado en los seis meses anteriores. En caso de que sea contratado por una empresa de trabajo temporal (ETT) consideraremos las empresas para las que haya trabajado y no la ETT. 
  • Si Usted tiene que presentarse a exámenes de oposiciones oficiales en las fechas de su viaje. 
  • Si a Usted le prorrogan su contrato laboral. 
  • Si a Usted le trasladan obligatoriamente y tiene que cambiar de domicilio.

Por causas extraordinarias:

  • Daños graves en su residencia (principal o secundaria) o en sus locales profesionales (cuando sea imprescindible su presencia). Consideraremos como daños graves los producidos por un incendio, un robo, una explosión, una inundación o por las fuerzas de la naturaleza. 
  • Si Usted no puede iniciar su viaje porque se hayan producido actos de piratería aérea, terrestre o naval en algún punto del recorrido. 
  • Si las Autoridades declaran de forma oficial “zona catastrófica” el lugar desde el que Usted empieza su viaje. 
  • Si se produce un acto terrorista o una catástrofe natural en el lugar de destino. Se tiene que producir dentro de los 30 días anteriores a la fecha de inicio de Su Viaje. Se tiene que producir en una distancia inferior a 30 km del lugar de destino. 
  • Si su empresa es declarada en concurso de acreedores.

Otros motivos: 

  • Si Usted recibe una declaración de la renta paralela realizada por el Ministerio de Hacienda por un importe superior a 600 euros. 
  • Si Usted cancela el Viaje porque ha ganado uno parecido en un sorteo público ante notario. 
  • Si a Usted le roban la documentación o el equipaje en los momentos previos a su viaje y por ese motivo no puede comenzarlo. 
  • Si a Usted se le avería su vehículo o el de su cónyuge, o tiene un Accidente con alguno de ellos, y no puede realizar Su Viaje porque el coste de la reparación es superior a 600 euros. 
  • Si a Usted le conceden una beca oficial que coincida con las fechas de su viaje.

Cuando Usted cancele Su Viaje por alguna de las causas aseguradas también pagaremos los gastos de la cancelación de un Acompañante cuando: 

  • esté asegurado por este seguro, 
  • esté en la misma reserva del Viaje que Usted y 
  • tenga que viajar solo al haber cancelado Usted su viaje.

Si Usted cancela Su Viaje por alguna de las causas aseguradas también pagaremos los gastos de cancelación de los menores de edad cuando: 

  • estén asegurados por este seguro, 
  • estén en la misma reserva del Viaje que Usted, 
  • estén a Su cargo durante el Viaje y 
  • Usted cancela su viaje por alguna de las causas aseguradas.

Si Usted no puede hacer Su Viaje por alguna de las causas aseguradas puede optar por: 

  • cancelar Su Viaje, o 
  • ceder Su Viaje o cambiarlo a nombre de otra persona, o 
  • modificar las fechas para viajar en otro momento.

Si Usted elige ceder o modificar el Viaje pagaremos los gastos que se produzcan por los cambios si son inferiores a los gastos de cancelación. En ambos casos Usted renuncia a solicitar que le paguemos cualquier otro tipo de gasto por la cancelación del viaje.

Protección de Viaje – Interrupción del viaje

Si Usted tiene que interrumpir su viaje, le pagaremos los gastos correspondientes al alojamiento temporal de los días del Viaje no utilizados hasta el límite correspondiente a la modalidad contratada. 

Para calcular la cantidad que tenemos que pagarle, dividimos el importe total del coste del alojamiento entre el número de noches contratadas y persona. Multiplicamos la cantidad resultante por el número de noches no disfrutadas por Usted. 

Las causas aseguras son:

  • Fallecimiento de: 
    • Usted o 
    • Un Familiar Directo. 
  • Accidente corporal o Enfermedad Grave que impliquen Su hospitalización y Le impida continuar su Viaje. 
  • Accidente corporal o Enfermedad Grave que implique hospitalización de un Familiar Directo. 
  • Daños graves en su residencia (principal o secundaria) o en sus locales profesionales (cuando sea imprescindible su presencia). Consideraremos como daños graves los producidos por incendio, explosión, Robo o por la fuerza de la naturaleza. 
  • Si le despiden de su trabajo. Tiene que ser un despido disciplinario. 
  • Si a Usted le trasladan obligatoriamente en su trabajo y tiene que cambiar de domicilio. 
  • Si Usted se incorpora a un trabajo en una nueva empresa, en la que no haya estado contratado en los seis meses anteriores. En caso de que sea contratado por una empresa de trabajo temporal (ETT) consideraremos las empresas para las que haya trabajado y no la ETT. 
  • Si a Usted le convocan como parte, será testigo de un tribunal o miembro de un jurado. Las causas cubiertas tienen que producirse cuando Su Viaje ya ha comenzado. 

COVID – Anulación

  • Si Usted o un Familiar Directo Suyo fallece por COVID-19 entre la contratación del seguro y la fecha en que empieza el viaje. 
  • Si Usted enferma por COVID-19 en las dos semanas previas a empezar el viaje y no necesita hospitalización. 
  • Si Usted enferma por COVID-19 y es hospitalizado en las cuatro semanas previas a empezar el Viaje 
  • Si Usted o su Acompañante están en Cuarentena médica por estar enfermo de COVID-19 en la fecha en que empieza el viaje. La cuarentena debe ser prescrita por un médico. 
  • Si un Familiar Directo Suyo está hospitalizado por COVID-19 y este hecho impide que Usted realice el Viaje. 
  • Si a Usted le deniegan el embarque porque tiene fiebre u otro síntoma. Debe presentar test positivo en COVID-19 realizado en el mismo día o en los tres días siguientes. 
  • Si las autoridades de Su país requieren Su presencia o servicios como parte de la respuesta a la situación creada por el COVID-19.
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Protección de Anulación del Viaje

Le pagaremos los gastos por la anulación que Su proveedor de Viaje le facture según las condiciones de venta hasta el límite correspondiente a la modalidad contratada si Usted tiene que cancelar su viaje. 

La indemnización máxima por siniestro, en cada póliza colectiva, será la correspondiente a la modalidad contratada, para todos los asegurados afectados por el mismo siniestro. Si se supera el límite indicado, la indemnización se repartirá proporcionalmente entre los Asegurados afectados y según el importe asegurado por cada uno. 

No pagaremos los gastos de tasas de aeropuerto, cargos de gestión por emisión o anulación, seguros, ni otros suplementos que no sean a cargo del proveedor del servicio. 

Usted debe cancelar el Viaje antes de la fecha de inicio y comunicarlo al proveedor. Esta garantía es válida hasta el día y la hora en que debe empezar su viaje. 

Las causas aseguradas que le impidan hacer el Viaje tienen que producirse pasadas 72 horas desde su adhesión al seguro; a no ser que se adhiera al seguro en el mismo momento en que contrate el Viaje. 

Las causas aseguradas que Le impidan hacer el Viaje en la fecha prevista son las siguientes:

Por motivos de salud:

  • Enfermedad Grave, Accidente corporal Grave o fallecimiento de: 
    • Usted 
    • un familiar Suyo de primer o segundo grado de parentesco 
    • la persona que estuviera cuidando a Sus hijos menores o a incapacitados a Su cargo 
    • Su sustituto profesional 
  • Fallecimiento de un familiar suyo de tercer grado de parentesco. 
  • Si a Usted le llaman de forma inesperada para una intervención quirúrgica. 
  • Si Usted tiene complicaciones en el embarazo o sufre un aborto. 
  • Si a Usted le citan para un trasplante de órgano. 
  • Si enferma de forma imprevista algún hijo o hermano suyo menor de dos años que esté asegurado por este seguro.

Por motivos legales:

  • Si a Usted le convocan como parte, será testigo de un tribunal o miembro de un jurado. 
  • Si a Usted le convocan como miembro de una mesa electoral. 
  • Si usted es retenido por la policía (siempre que no sea por un delito). 
  • Si a Usted le citan para trámites relativos a Su divorcio. 
  • Si a Usted le van a entregar un hijo en adopción en las fechas previstas para su viaje. 
  • Si a Usted le deniegan el visado sin una causa justificada por el consulado. 
  • Si a Usted le convocan desde un organismo oficial para ir a firmar en persona algún documento.

Por motivos laborales: 

  • Si le despiden de su trabajo. Tiene que ser un despido disciplinario. 
  • Si Usted se incorpora a un trabajo en una nueva empresa, en la que no haya estado contratado en los seis meses anteriores. En caso de que sea contratado por una empresa de trabajo temporal (ETT) consideraremos las empresas para las que haya trabajado y no la ETT. 
  • Si Usted tiene que presentarse a exámenes de oposiciones oficiales en las fechas de su viaje. 
  • Si a Usted le prorrogan su contrato laboral. 
  • Si a Usted le trasladan obligatoriamente y tiene que cambiar de domicilio.

Por causas extraordinarias:

  • Daños graves en su residencia (principal o secundaria) o en sus locales profesionales (cuando sea imprescindible su presencia). Consideraremos como daños graves los producidos por un incendio, un robo, una explosión, una inundación o por las fuerzas de la naturaleza. 
  • Si Usted no puede iniciar su viaje porque se hayan producido actos de piratería aérea, terrestre o naval en algún punto del recorrido. 
  • Si las Autoridades declaran de forma oficial “zona catastrófica” el lugar desde el que Usted empieza su viaje. 
  • Si se produce un acto terrorista o una catástrofe natural en el lugar de destino. Se tiene que producir dentro de los 30 días anteriores a la fecha de inicio de Su Viaje. Se tiene que producir en una distancia inferior a 30 km del lugar de destino. 
  • Si su empresa es declarada en concurso de acreedores.

Otros motivos:

  • Si Usted recibe una declaración de la renta paralela realizada por el Ministerio de Hacienda por un importe superior a 600 euros. 
  • Si Usted cancela el Viaje porque ha ganado uno parecido en un sorteo público ante notario. 
  • Si a Usted le roban la documentación o el equipaje en los momentos previos a su viaje y por ese motivo no puede comenzarlo. 
  • Si a Usted se le avería su vehículo o el de su cónyuge, o tiene un Accidente con alguno de ellos, y no puede realizar Su Viaje porque el coste de la reparación es superior a 600 euros. 
  • Si a Usted le conceden una beca oficial que coincida con las fechas de su viaje.

Cuando Usted cancele Su Viaje por alguna de las causas aseguradas también pagaremos los gastos de la cancelación de un Acompañante cuando: 

  • esté asegurado por este seguro, 
  • esté en la misma reserva del Viaje que Usted y 
  • tenga que viajar solo al haber cancelado Usted su viaje.

Si Usted cancela Su Viaje por alguna de las causas aseguradas también pagaremos los gastos de cancelación de los menores de edad cuando: 

  • estén asegurados por este seguro, 
  • estén en la misma reserva del Viaje que Usted, 
  • estén a Su cargo durante el Viaje y 
  • Usted cancela su viaje por alguna de las causas aseguradas.

Si Usted no puede hacer Su Viaje por alguna de las causas aseguradas puede optar por: 

  • cancelar Su Viaje, o 
  • ceder Su Viaje o cambiarlo a nombre de otra persona, o 
  • modificar las fechas para viajar en otro momento.

Si Usted elige ceder o modificar el Viaje pagaremos los gastos que se produzcan por los cambios si son inferiores a los gastos de cancelación. En ambos casos Usted renuncia a solicitar que le paguemos cualquier otro tipo de gasto por la cancelación del viaje.

Protección de Viaje – Interrupción del viaje

Si Usted tiene que interrumpir su viaje, le pagaremos los gastos correspondientes al alojamiento temporal de los días del Viaje no utilizados hasta el límite correspondiente a la modalidad contratada. 

Para calcular la cantidad que tenemos que pagarle, dividimos el importe total del coste del alojamiento entre el número de noches contratadas y persona. Multiplicamos la cantidad resultante por el número de noches no disfrutadas por Usted.

Las causas aseguras son:

  • Fallecimiento de: 
    • Usted o 
    • Un Familiar Directo. 
  • Accidente corporal o Enfermedad Grave que impliquen Su hospitalización y Le impida continuar su Viaje. 
  • Accidente corporal o Enfermedad Grave que implique hospitalización de un Familiar Directo. 
  • Daños graves en su residencia (principal o secundaria) o en sus locales profesionales (cuando sea imprescindible su presencia). Consideraremos como daños graves los producidos por incendio, explosión, Robo o por la fuerza de la naturaleza. 
  • Si le despiden de su trabajo. Tiene que ser un despido disciplinario. 
  • Si a Usted le trasladan obligatoriamente en su trabajo y tiene que cambiar de domicilio. 
  • Si Usted se incorpora a un trabajo en una nueva empresa, en la que no haya estado contratado en los seis meses anteriores. En caso de que sea contratado por una empresa de trabajo temporal (ETT) consideraremos las empresas para las que haya trabajado y no la ETT. 
  • Si a Usted le convocan como parte, será testigo de un tribunal o miembro de un jurado. Las causas cubiertas tienen que producirse cuando Su Viaje ya ha comenzado. 

COVID - Asistencia

  • Asistencia médica / hospitalaria si Usted enferma por COVID-19 
  • Prueba diagnóstica (PCR) para confirmar contagio por COVID-19 si: 
    • Usted presenta síntomas 
    • Usted no presenta síntomas, pero se lo exigen en un hospital o centro médico para tratarle por otra enfermedad o por un accidente 
  • Traslado de regreso a Su domicilio si Usted no puede regresar por los medios previstos porque ha estado enfermo por COVID-19: 
  • Traslado de restos mortales si Usted fallece por COVID-19. Siempre que no haya impedimentos legales, gubernamentales o por medidas sanitarias. 
  • Prolongación de estancia en hotel / alojamiento si Usted está enfermo, pero no necesita hospitalización. La estancia en hotel debe ser prescrita por un médico. 
  • Regreso anticipado si un Familiar Directo Suyo: 
  • Fallece por COVID-19 o 
  • Está hospitalizado por COVID-19

COVID – Anulación

  • Si Usted o un Familiar Directo Suyo fallece por COVID-19 entre la contratación del seguro y la fecha en que empieza el viaje. 
  • Si Usted enferma por COVID-19 en las dos semanas previas a empezar el viaje y no necesita hospitalización. 
  • Si Usted enferma por COVID-19 y es hospitalizado en las cuatro semanas previas a empezar el Viaje 
  • Si Usted o su Acompañante están en Cuarentena médica por estar enfermo de COVID-19 en la fecha en que empieza el viaje. La cuarentena debe ser prescrita por un médico. 
  • Si un Familiar Directo Suyo está hospitalizado por COVID-19 y este hecho impide que Usted realice el Viaje. 
  • Si a Usted le deniegan el embarque porque tiene fiebre u otro síntoma. Debe presentar test positivo en COVID-19 realizado en el mismo día o en los tres días siguientes. 
  • Si las autoridades de su país requieren su presencia o servicios como parte de la respuesta a la situación creada por el COVID-19.
Bajar más información sobre las modalidades de protección de viaje

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